Cualquier persona que quiera reformar una vivienda probablemente necesites una licencia de obras en Cortegana o permiso de obra, pero hay algunos casos en los que no será necesario.
Todas las interrogantes que puedas tener las responderemos a continuación.
Cuando quieres hacer una reforma en una Vivienda tienes que pensar en una Licencia de obra como algo obligatorio para cualquier persona, sea la Obra de mayor o menor dificultad. En este caso no hay lugar a dudas ya que es una formalidad contemplada en las Leyes como imprescindible para presentar ante los Técnicos del Ayuntamiento de tu Localidad que son los que te licencian sobre la Reforma que tengas en mente realizar
Las licencias de obras mayores y menores son las que comúnmente clasifican este tipo de actividades.
Indice
¿Cómo define la ley una licencia menor?
Si quieres hacer una obra de pequeña magnitud entonces solo sería necesario solicitar una licencia de obra menor.
Económicamente no suponen un gran retribución económica, al mismo tiempo que la actividad que se hace dentro de la vivienda no supone problema para completarla, estas son las ideas fundamentales que debe recordar para clasificar una obra como licencia de obra menor.
Deberías revisar y tener en cuenta especialmente qué tipo de obra vas a hacer en tu hogar, ya que no todas las obras requieren de una licencia de obra menor incluso puede darse el caso que no necesite ningún tipo de licencia, esto deberías consultarlo el Ayuntamiento qué es el que establece qué obras necesitan una licencia o permiso y cuáles no.
¿En qué casos es imprescindible una Licencia de Obras en Cortegana?
Si no tienes muy claro qué tipo de reformas son las que necesitas presentar documentación en la Administración Municipal es preferible que acudas al Ayuntamiento para solicitar más información sobre el tipo de obra que pretendes llevar a cabo en la vivienda, ya que se podría dar el caso qué hicieras algún tipo de reforma que dañará la estructura del edificio.
Si deseas hacer una redistribución de tu vivienda lo que necesitas tener es una licencia de obra menor, no es suficiente con que hagas una comunicación previa ya que este procedimiento en la mayoría de los municipios está contemplado que debas presentar una licencia de obra menor, en caso contrario te podrían multar.
El Plan General de Ordenación Urbana y la Ley de la Ordenación de la Edificación establece cuáles son las variaciones entre las obras mayores y menores, además cada Ayuntamiento establece cuáles son los requisitos para cada una de estas obras, por otro lado la Ley de Ordenación de la Edificación determina qué profesional necesitas, un Arquitecto o Arquitecto Técnico.
Hacer la Solicitud de Licencia de Obras en Cortegana
Para pedir una Licencia de Obra Menor deberías acudir al Gobierno Municipal de tu ciudad municipal. La petición la puedes hacer en el momento de ofrecer la documentación necesaria.
El Plazo para que te aprueben o rehusen puede tardar en ocasiones tres meses en ocasiones y en circunstancias específicas podría demorar más tiempo.
¿Hay alguna obligación de comunicar a la Comunidad de Propietarios?
En el supuesto caso de que hagas algún tipo de obra que comprometa las zonas que pertenecen también a los demás vecinos entonces necesitas pedir el permiso de los miembros de la comunidad, son los encargados de decidir si te dan su consentimiento.
Así pues, por un lado tienes que pedir el permiso para hacer las obras en la Administración Municipal y por otro lado solicitar el permiso de los vecinos que pueden denegarte el permiso mientras que el Gobierno Municipal de tu Localidad sí que te lo otorga.
¿Comunicación Previa o tal vez Licencia de Obra en Cortegana?
No es tan sencilla la labor para determinar qué reconstrucciones menores precisan de una Comunicación Previa en el Ayuntamiento de tu Municipio o no, porque todo depende del Municipio en cuestión.
Si se da la circunstancia de que lo que quieres es pintar o una obra más simple en ciertos Ayuntamientos establecen que no es necesaria una Licencia de Obras únicamente que en esta circunstancia te dirán que solicites la Comunicación Previa.
Por este motivo este tipo de Reformas en ciertos Municipios no necesitarás esta Licencia de Obras, en los restantes si solo tienes una Comunicación Previa ya estarías cumpliendo la Ley, pero raramente vas a poder hacer caso omiso de una Licencia o Declaración Previa. Lo apropiado es que vayas al Ayuntamiento para preguntar.
¿Es permisible cambiar el frente de la Vivienda con este Permiso?
Esta rehabilitación de la fachada de la Propiedad están permitidas generalmente en caso de no variar la forma del edificio. En este sentido puedes cambiar las ventanas del lugar en donde vives pero seguramente te denegarán el cambio de la altura del edificio u otros elementos comunes.
En esta situación de que reformes la estructura del hogar te van a exigir reclamar una licencia de obra mayor al Gobierno Local
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Información sobre Licencias de Obras Mayores
Como hemos comentado anteriormente, esta Licencia de Obra Mayor va a cambiar la estructura de una vivienda, es una reforma que son desafíos más grandes en cuyo caso también aumenta el coste.
Una Licencia de Obra Mayor es obligatorio que lo sea requerido directamente por un arquitecto. Esta Documentación la interpone frente al Ayuntamiento del mismo modo que elabora el proyecto de obra.
En cuyo caso de que necesites la Licencia de Obra Mayor tienes que pedirla al Ayuntamiento con cierta antelación, y debe cumplir con las obligaciones en materia de seguridad que establece la ley.
¿Tardan mucho en dar una Licencia de Obra Mayor?
En el caso de una Obra Mayor es una obra que es de mayor dificultad y por lo tanto tienes más documentación, en este caso el retraso podría superar el año. Los técnicos del Ayuntamiento podrían necesitar comprobar que cumple la Normativa y que coincide con la Normativa actual.
Haciendo una valoración temporal para aprobar o denegar para la Licencia de Obra Mayor tienes que contar con que será superior a tres meses, sinceramente no se va a cumplir así que puedes ir contando esperar unos cuantos meses más.
¿Cuál es el Precio de la Licencia en cuanto a Tasas se refiere?
El Gobierno Municipal define las Tasas que se corresponden a las Licencias de Obras, en ocasiones estarían sobre el 3 y 5 por ciento, en ocasiones alrededor de un 4 y un 6 por ciento.
Las tasas obligatorias son 2, las que se corresponden a la Licencia, que es obligatoria y la que se conoce como ICIO en el caso de que el Gobierno Municipal te de por válida la Licencia. Posteriormente tienes la obligación de liquidar los costes al Arquitecto por el proyecto técnico, que nos ofrece el Seguro adicional.
¿Qué documentos necesitas para la Licencia de Obras en Cortegana?
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Es obligatorio cuando se trata de una Licencia de Obras en Cortegana de un Arquitecto que actúe sobre un proyecto de ejecución y dirección de la obra, adicionalmente tienes que encontrar un Arquitecto Técnico que lleve la parte de la dirección de ejecución material igualmente de redactar el plan de Seguridad.
De esta forma, en su conjunto necesitarás:
- Enviar el Modelo de la solicitud
- D.N.I. de la persona que hace la solicitud
- Documento del Arquitecto que te representa
- Proyecto técnico realizado por profesionales
- Fotografías y Plano del Edificio antes de las Obras
- Estudio de Seguridad
- Pliego de Condiciones
- Memorias Descriptivas
Te mostramos además unos enlaces que podrían ser de tu interés:
- Ley de Ordenación de la Edificación de España
- Código Técnico de la Edificación
- Licencia de Obras en Huelva
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