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Licencia de Obras en Creciente

Artículo Actualizado a: agosto 2025

Cualquier persona que quiera reformar una vivienda posiblemente necesite una licencia de obras en Creciente o permiso de obra, pero en ocasiones puedes prescindir de ello

Cualquier cuestión al respecto sobre estas licencias la responderemos a continuación.

La Licencia de Obra es un recurso de obligatoriedad para cualquier persona que esté pensando en hacer una Reforma en su vivienda, debes presentar este procedimiento en tu Ayuntamiento para asegurarte que cumples con la Normativa Urbanística.

Las licencias pueden ser clasificadas en obras menores y obras mayores.

Indice

¿Cuál sería la definición de una licencia menor?

Si quieres hacer una obra de pequeña magnitud entonces solo sería necesario solicitar una licencia de obra menor.

La dificultad elemental y básica de las obras es una de las características para poder clasificar cualquier obra que hagas en tu domicilio en esta tipología de licencia de obra menor, además de que la cuantía económica es mínima.

No siempre será necesario adquirir una licencia de obra menor cuando quieras hacer alguna reforma en tu hogar, si se tratan de reformas para mejora del mantenimiento del propio hogar no es pertinente obtener este tipo de licencia pero cada Municipio tiene sus propias normas.

¿En qué casos es imprescindible una Licencia de Obras en Creciente?

Es importante que tengas en cuenta qué algunas de las obras que puedes hacer en tu vivienda podrían afectar al estado general del edificio y te podrían suponer un problema en el futuro, por esa razón te recomendamos que acudas a la Administración Local si tienes dudas sobre si tienes que entregar algún tipo de documentación para hacer una reforma en el interior de tu casa.

La comunicación previa en el Gobierno Municipal de tu Localidad sobre un tipo de obra no se aplica a la redistribución de la vivienda, en este caso lo que es obligatorio es una licencia de obra menor expedida por la Administración Local en dónde vives. Carecer de está licencia podría acarrear una sanción correspondiente.

Cada Administración Local establece cada requisito para los tipos de obras menores y mayores así como también la diferenciación que existe entre ellas, según las cuales estarían formuladas en el Plan General de Ordenación Urbana, y en la Ley de Ordenación de la Edificación establece que obras necesitan un Arquitecto o cuáles un arquitecto técnico o aparejador.

Cómo Obtenerla Licencia de Obras en Creciente

Para hacer la petición de una Licencia de Obra Menor deberías ir a la Administración Municipal de tu Municipio. La petición la puedes hacer en el instante de dar la documentación necesaria.

El periodo para aprobarte o desestimen puede tardar inclusive tres meses inclusive en otros casos podría demorarse más tiempo.

¿Es obligatoria la comunicación a la Comunidad de Vecinos?

Cuando se hace un proyecto que afecte a los elementos comunes del Edificio es necesario de que pidas permiso a los demás propietarios de vivienda, y además tienen que dar su conformidad a la propuesta de reforma. 

Así que teniendo en cuenta esto debes pedir permiso a la Administración Local, y conjuntamente tienes que pedir esa misma autorización a los vecinos que quizás te lo permitan o no.

¿Comunicación Previa o por el contrario Licencia de Obra en Creciente?

Existe cierta complejidad para aclarar qué reconstrucciones menores son necesarias de una Comunicación Previa en el Ayuntamiento de tu Municipio o no, porque todo depende  de la Ciudad en cuestión.

En algunos Municipios no te obligan a tener la Licencia de Obra que puedes solicitar en la Administración Municipal, porque la Obra que tienes en mente hacer no necesita Licencia, en tal circunstancia hay contemplados algunos Municipios que solo se precisa una Comunicación Previa. Hay algunas Obras en la que no es obligatoria la solicitud de una Licencia de Obra, pero ojo aquí es necesaria la consulta en el Gobierno Municipal de tu Localidad, son obras como por ejemplo pintar tu vivienda, en cuyo caso lo que te van a pedir es que obtengas una Comunicación Previa.

En consecuencia este tipo de Reformas en algunos Municipios no será necesario una licencia de Obras, en otros si solo tienes una Comunicación Previa ya estarías cumpliendo la Ley, pero raramente vas a poder descartar estar sin Licencia o Declaración Previa. Lo recomendable es que consultes con el Ayuntamiento.

¿Es permisible modificar el Exterior de la Propiedad con este Permiso?

Las reformas de la fachada de la Propiedad se autorizan en el caso de que no cambies la estructura del edificio. En concreto se te permite cambiar las ventanas de tu residencia pero seguramente te denegarán el cambio de la altura del inmueble u otros elementos comunes.

En este caso de que alteres la estructura de la vivienda vas a tener que pedir esta licencia de obra mayor al Gobierno Municipal

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Licencias de Obra Mayores

Como hemos comentado anteriormente, esta Licencia de Obra Mayor es la que transforma la fachada de tu vivienda, son obras que son desafíos más grandes y por supuesto el gasto es mayor.

Una Licencia de Obra Mayor necesita ser solicitada directamente por un arquitecto. La solicitud la interpone frente al Ayuntamiento al mismo tiempo que proporciona un proyecto de obra.

Una Licencia de Obra Mayor tienes que pedirla en el Gobierno Municipal de tu Localidad con cierta antelación, y es necesario que cumpla con las obligaciones en materia de seguridad que te van a exigir legalmente

¿Se va a aplazar mucho tiempo en aceptar la Licencia de Obra Mayor?

En el caso de una Obra Mayor tiene una mayor dificultad y requiere de documentación adicional, en este caso el retraso el aplazamiento de una resolución podía ser mayor de 12 meses. Los técnicos del Ayuntamiento tienen la obligación de hacer las comprobaciones pertinentes de que está dentro de la Ley y que se alinea con la Normativa presente.

Estimando el tiempo que se precisaría para la aprobación o denegación de una Licencia de una Obra Mayor tienes que contar con que será superior a tres meses, ciertamente no se cumplirá por esa razón debes pensar en creer que el tiempo no será este sino superior a los 3 meses.

¿Cuánto Dinero me va a costar una Licencia de Obras en Creciente?

La alcaldía de tu Localidad es el que formula las tasas correspondientes a las Licencias de Obras, algunas veces estarían entre un 3 y un 5 por ciento, en otros casos en torno a el cuatro y el seis por ciento.

vas a tener que pagar dos Tipos de Tasas, las que se corresponden a la Licencia, que es obligatoria y las que se llaman ICIO cuando por fin ya te den la Licencia. Después tienes la obligación de liquidar los costes al Arquitecto por el proyecto técnico, que además nos cubre con un Seguro.

Las Normas y los Documentos Obligatorios en una Licencia de Obras en Creciente

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Hace falta tener a mano para una Licencia de Obras en Creciente de un Arquitecto que trabaje en un proyecto de ejecución y dirección de la obra, al mismo tiempo tendrás que contar con un Arquitecto Técnico que se encargue de la dirección de ejecución material subsiguientemente de redactar el plan de Seguridad.

En consecuencia, como regla general vas a precisar:

  • Proporcionar el Modelo de la solicitud
  • Certificado de Identidad o carnet de la persona que hace la solicitud
  • Documento del Técnico que te representa
  • Proyecto técnico realizado por profesionales
  • Fotografías y Plano del Edificio antes de las Obras
  • Estudio de Seguridad
  • Pliego de Condiciones
  • Memorias Descriptivas

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